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En el 87% de los casos la distracción está relacionada con mirar o manipular el móvil

Redacció

Distracciones al volante: qué podemos hacer y que no mientras conducimos

Algunas acciones no están prohibidas, pero pueden acabar en multa si alteran la conducción, y los Mossos recomiendan aplicar el sentido común y evitar cualquier distracción

 

Las distracciones siguen siendo una de las principales causas de accidentes en las carreteras catalanas. Según el Servei Català de Trànsit, más del 30% de los siniestros tienen su origen en una pérdida de atención, y el teléfono móvil es el gran protagonista: en el 87% de los casos la distracción está relacionada con mirarlo o manipularlo. A pesar de las campañas de concienciación, conseguir que los conductores dejen de usarlo es una tarea difícil para los agentes de tráfico. De hecho, en una campaña reciente de la DGT, cuatro de cada diez infracciones detectadas fueron por manipular dispositivos electrónicos.

La normativa es clara: llevar el teléfono en la mano, incluso si está bloqueado o estamos detenidos en un semáforo, conlleva una sanción de seis puntos del carné y 200 euros de multa. Hasta hace apenas tres años, la pérdida de puntos era de tres, pero se ha endurecido por su elevada peligrosidad. Como recuerda la DGT, enviar un mensaje de WhatsApp durante 20 segundos mientras circulamos a 120 km/h equivale a recorrer 600 metros a ciegas.

Además del móvil, no está permitido tocar la pantalla del vehículo ni ningún otro dispositivo electrónico una vez en marcha. Cualquier manipulación del navegador debe hacerse antes de salir, o bien utilizando los botones del volante o el sistema de manos libres. Tampoco se pueden llevar auriculares, ni siquiera uno, ya que la Ley de Tráfico exige “atención permanente en la conducción”. En cambio, ajustar el sistema de climatización o encender la radio no se considera infracción.

En cuanto a comer, beber o fumar al volante, la legislación no las prohíbe explícitamente, pero pueden conllevar sanción si provocan una conducción errática o una pérdida de atención evidente. Los Mossos d’Esquadra recuerdan que no se castiga tanto el acto en sí como la distracción que puede generar. En este sentido, conviene aplicar el sentido común: si no lo haríamos en un examen de conducir, probablemente tampoco deberíamos hacerlo circulando.

Con la llegada del calor, también se repiten las dudas sobre si se puede conducir con chanclas o sin camiseta. Legalmente está permitido, pero no es recomendable. El calzado debe permitir controlar bien los pedales y la ropa puede protegernos en caso de accidente, mejorando la eficacia del cinturón o del airbag.

26.000 multas por distracciones

Los datos muestran que el problema no disminuye: el año pasado se impusieron casi 26.000 multas por distracciones, una cifra superior a la de años anteriores. Y, entre los siniestros con víctimas, la pérdida de atención es el segundo factor con mayor presencia. Los agentes de tráfico, incluso de paisano, trabajan cada día para detectar estas conductas peligrosas.

Como explica el cabo Jordi Aguilar, del área central de Educación Vial de los Mossos, los agentes lo han visto todo: “Personas tomándose un café, viendo una película o incluso manteniendo relaciones sexuales mientras conducían.” Por eso, más allá de las multas, es necesaria una reflexión personal: la seguridad en la carretera depende, sobre todo, de nuestra capacidad para mantener la atención y evitar cualquier distracción.

Fuente: www.3cat.cat/3catinfo


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