Mataró quiere erradicar los 'botellónes' de una vez por todas. Endurecer las sanciones hacia las personas que beben alcohol a la vía pública es uno de los grandes objetivos de la nueva ordenanza de civismo y convivencia aprobada en l Pleno Municipal de marzo. El fenómeno de los 'botellónes' comporta semanalmente problemas de convivencia vecinal y ensucia los espacios públicos donde hay grupos que practican. Zonas cómo el Polígono del Plan de en Boet, determinadas plazas del recorrido entre la Estación y la zona de ocio nocturno o espacios cómo el Parque Forestal son puntos negros del fenómeno a la capital del Maresme.
La nueva Ordenanza de Civismo es ostensiblemente más dura con el fenómeno de los botellónes y prevé un triple cambio de norma para mirar de echar esta práctica:
- Aumentan las sanciones: las multas para beber alcohol a la vía pública se suben respete la norma anterior. La multa mínima por persona identificada será de 450 euros.
- Prohibición de venta de alcohol en establecimientos comerciales encomenderos entre las 23h y las 8h de la mañana, por razones de seguridad
- Extensión de la prohibición: la norma anterior solo hacía referencia en el espacio público y la nueva incluye los lugares de pública concurrencia cómo los espacios privados de uso público.
Las otras novedades de la norma
En cuanto a las molestias en el espacio público (parcos y plazas), se establece una limitación horaria del uso general o de determinadas actividades en aquellos espacios públicos, parques o plazas donde no sea posible evitar o reducir las molestias derivadas de estos usos o actividades; y se dota a la Policía Local de la potestad de desalojar los espacios públicos en caso de que se produzcan situaciones de incivismo.
Otras novedades que introduce la nueva Ordenanza de Civismo y Convivencia son la prohibición de la emisión de música excesivamente elevada a la vía pública por parte de personas o vehículos; la obligación de los responsables de los establecimientos abiertos al público de evitar el comportamiento ruidoso de sus clientes; la prohibición de la acampada de vehículos o personas al casco urbano; o la prohibición de determinadas conductas cómo la mendicidad o los grafitos.