El Gobierno Municipal propondrá al próximo Pleno la supresión del Registro Municipal de Uniones Estables de Parejas formalizadas en escritura pública notarial. Este registro se creó el 2006 y se podían inscribir las parejas para poder acreditar después ante otras administraciones que dos personas habían convivido juntas, en la hora de pedir ayudas de viudedad o realizar trámites de extranjería. Ahora, pero, la ley vigente ha dejado de especificar que los registros de los ayuntamientos sean la manera oficial de acreditar ante las otras administraciones la convivencia de parejas heterosexuales y/u homosexuales en Cataluña, y será suficiente con hacer un documento ante notario. De este modo, el registro ha perdido su sentido inicial y el gobierno de Mataró, tal y como ya han hecho a Bardelona, Sabadell o Montcada, se plantea de suprimirlo para simplificar el nivel de gestión de la administración y, por lo tanto, hacerla más eficaz y útil para el ciudadano.
Cómo se acredita la convivencia
Desde el 2010 la convivencia estable está regulada por la ley 25/2010 de 29 de julio, del segundo libro del Código Civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia. El artículo 234-1 establece que dos personas que conviven de manera análoga a la matrimonial se consideran pareja estable si la convivencia dura más de 2 años ininterrumpidos, si durante la convivencia tienen un hijo común o si formalizan la relación en escritura pública. Este documento, formalizado ante notario y no en los ayuntamientos, se convierte pues, en el documento acreditativo vigente.
360 parejas inscritas al registro municipal
El Registro Municipal de Uniones Estables de Parejas de Mataró se creó el 2006 y actualmente contiene unas 260 inscripciones de parejas que antes han tenido que formalizar su convivencia ante un notario. Con anterioridad a este, en Mataró se había creado el 1994 el Registro Municipal de Uniones Civiles, en el que por primera vez se podían inscribir voluntariamente las parejas homosexuales y heterosexuales que convivían sin estar casadas, con el único requisito que ambas personas estuvieran empadronadas en la ciudad. En este primer registro figuran un centenar de parejas más.
Cómo se acredita la convivencia
Desde el 2010 la convivencia estable está regulada por la ley 25/2010 de 29 de julio, del segundo libro del Código Civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia. El artículo 234-1 establece que dos personas que conviven de manera análoga a la matrimonial se consideran pareja estable si la convivencia dura más de 2 años ininterrumpidos, si durante la convivencia tienen un hijo común o si formalizan la relación en escritura pública. Este documento, formalizado ante notario y no en los ayuntamientos, se convierte pues, en el documento acreditativo vigente.
360 parejas inscritas al registro municipal
El Registro Municipal de Uniones Estables de Parejas de Mataró se creó el 2006 y actualmente contiene unas 260 inscripciones de parejas que antes han tenido que formalizar su convivencia ante un notario. Con anterioridad a este, en Mataró se había creado el 1994 el Registro Municipal de Uniones Civiles, en el que por primera vez se podían inscribir voluntariamente las parejas homosexuales y heterosexuales que convivían sin estar casadas, con el único requisito que ambas personas estuvieran empadronadas en la ciudad. En este primer registro figuran un centenar de parejas más.