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Más control fiscal sobre pagos con tarjeta

Redacció

Más control fiscal sobre pagos con tarjeta y Bizum a partir del 2026

La Agencia Tributaria exigirá a los bancos datos detallados de todos los cobros de empresarios y autónomos

 

Desde el 1 de enero de 2026, el control fiscal sobre los cobros con tarjeta y medios electrónicos dará un paso adelante significativo. La Agencia Tributaria ha anunciado la eliminación del límite de 3.000 euros a partir del cual los bancos estaban obligados a informar de los cobros con tarjeta recibidos por empresarios y autónomos. Esta medida, recogida en un Real Decreto del 1 de abril que reforma el Reglamento de la Inspección Tributaria, tiene como objetivo reforzar la lucha contra el fraude y evitar la pérdida de información relevante.

Hasta ahora, las entidades financieras solo comunicaban a Hacienda los cobros con tarjeta que superaban un determinado umbral anual. Con el nuevo marco normativo, esta limitación desaparece: los bancos deberán informar de cualquier cobro que reciban los trabajadores por cuenta propia, independientemente de la cuantía. De este modo, la Administración podrá comprobar si estos ingresos coinciden con los declarados por los contribuyentes en sus impuestos.

La novedad no se queda aquí. Hacienda también estrecha el control sobre la información relativa a las cuentas bancarias. En 2026, las entidades deberán remitir mensualmente —y no anualmente, como hasta ahora— todos los datos sobre los depósitos que abran tanto empresas como particulares, ya sean cuentas corrientes, de ahorro o de pago. Según el comunicado oficial, este cambio de periodicidad permitirá a la Administración disponer de datos “más actuales y útiles” para el desarrollo de sus funciones de control. No obstante, la información sobre el saldo disponible de las cuentas seguirá comunicándose con carácter anual.

En lo que respecta a los sistemas de pago electrónico, Hacienda ha aclarado cómo se gestionará la información relacionada con Bizum y las tarjetas. En el caso de Bizum, los bancos solo informarán de las operaciones que correspondan a empresarios y autónomos; las transferencias entre particulares quedarán excluidas. Del mismo modo, deberá comunicarse toda la información sobre las tarjetas —ya sean de débito, crédito, efectivo o dinero electrónico— que utilicen los trabajadores por cuenta propia en su actividad.

Movimientos con tarjeta de los particulares

En cuanto a los movimientos con tarjeta de los particulares, la Agencia Tributaria recibirá información anual sobre abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos realizados en establecimientos. Solo quedarán fuera de este control las tarjetas cuyo volumen anual de operaciones, sumando cargos y abonos, no supere los 25.000 euros. Con esta excepción, Hacienda busca centrar el esfuerzo informativo en aquellos instrumentos con un mayor impacto potencial en el control tributario.

En conjunto, estas medidas suponen un aumento notable de la transparencia fiscal y obligan a empresarios y autónomos a llevar un control aún más riguroso de sus ingresos, en un contexto de supervisión cada vez más exhaustiva por parte de la Administración.

Fuente: www.eleconomista.es


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