El juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Xàtiva ha concluido la investigación y ha incoado procedimiento abreviado contra el actor pornográfico mataroní Nacho Vidal, por la muerte de un conocido fotógrafo, Jose Luís Abad, durante la celebración del llamado "rito del sapo bufo". La instructora considera que estos hechos, ocurridos el 28 de julio de 2019 en una vivienda de Enguera propiedad del encausado, podrían suponer un homicidio imprudente. En cambio, la magistrada ha archivado la causa para una prima del actor de Mataró y otro investigado, en no apreciar ninguna responsabilidad penal en su actuación, puesto que a pesar de ser presentes en los hechos ninguno de los dos tenía "el control de la situación" ni realizaba "actividades de dirección de la misma".
La resolución, notificada este miércoles y que puede ser recorrida, establece un plazo de diez días porque la fiscalía y el resto de las acusaciones formulen escrito de acusación y pidan la apertura de juicio oral, soliciten el sobreseimiento o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias.
De la instrucción de la causa se desprende que la víctima murió a causa de una reacción adversa a las drogas de abuso después de participar en una "práctica, rito o experiencia espiritual o mística" consistente al inhalar el humo de la combustión de las escamas del comúnmente conocido como "veneno del sapo bufo". Según compilación la interlocutoria, el encausado "actuaba como director" de esta práctica o rito "dada la experiencia que tenía en este tipo de actas" y fue quienes presuntamente proporcionó la sustancia que inhaló el muerto sin controlar la cantidad suministrada.
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La instructora recuerda así mismo que esta experiencia se llevó a cabo "sin ningún tipo de precaución por si la práctica se complicaba". Así, no consta que en la casa "hubiera material de primeros auxilios o desfibrilador", ni que el investigado "supiera realizar correctamente una maniobra de recuperación respiratoria". "Ante un pretenso ritual que resultó irracional, temerario y peligroso, Ignacio J.G. actuó sin ningún tipo de rigor ni se anticipó a los riesgos que finalmente se produjeron , añade.
La magistrada asegura que no es "de ninguna forma admisible" que la metilbufotenina, el compuesto psicoactiu presente en el veneno del sapo de la especie 'Soplo alvarius', pueda denominarse medicina, "puesto que no se encuentra catalogada ni controlada por el Ministerio de Sanidad". Además, "no tenía ningún prospecto que indicara sus componentes, concentración de los mismos, dosis de aplicación, contraindicaciones o efectos secundarios o fecha de caducidad, lo cual denota que era una sustancia no sometida a ningún control sanitario", precisa.