02 Plaça de l'Ajuntament (Calella)
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6 y 12 meses de prisión para periodistas contratados irregularmente por el Ayuntamiento de Calella

Los acusados han reconocido los hechos, solo se los ha condenado por falsedad y se les ha rebajado sustancialmente la pena, que no tendrán que cumplir

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La Audiencia de Barcelona ha condenado a penas de entre seis meses y un año de prisión a dos periodistas y al administrador de dos empresas de comunicación por contratos irregulares con el Ayuntamiento de Calella (Maresme) entre 2018 y 2021. La alcaldesa de entonces, Montserrat Candini (PDeCAT), también estaba acusada, pero falleció el pasado mes de julio. Los tres estaban acusados de prevaricación y falsedad en documento mercantil y se enfrentaban a penas de dos años y medio de prisión, mientras que para Candini se pedían cinco años y medio de cárcel por los mismos delitos. Finalmente, y tras reconocer los hechos, solo han sido condenados por falsedad y se les ha reducido sustancialmente la pena, que no tendrán que cumplir.

Según el relato de la fiscalía aceptado por los tres acusados este lunes en la Audiencia de Barcelona, entre los años 2018 y 2021 las dos acusadas fueron contratadas cuatro veces y año tras año por el área de comunicación del consistorio de Calella a través de Candini, quien no había delegado las funciones en materia de turismo y comunicación en ningún concejal. Todos los contratos eran prácticamente idénticos y para realizar aproximadamente el mismo trabajo, ya que se trataba de necesidades permanentes y no limitadas a un periodo o tarea concreta. Los contratos detallaban tareas de apoyo a acciones de comunicación, marketing turístico o “Calella Film Office”.

Los contratos menores esquivaban la normativa administrativa, ya que el trabajo, estable y permanente, habría requerido un concurso público en lugar de una adjudicación directa de la junta de gobierno local a propuesta de la alcaldesa. Las dos contratadas conocían la situación irregular y facilitaban a la alcaldía el presupuesto anual y las facturas mensuales por los servicios prestados.

Una de las acusadas presentó presupuestos por un valor de 21.789 euros (IVA incluido) en 2018, 18.143 euros en 2019, 16.280 en 2020 y el mismo importe en 2021. El objeto del presupuesto era siempre aproximadamente el mismo: “Apoyo al área de comunicación, mantenimiento de las redes sociales institucionales y redacción y difusión de notas de prensa”. Los presupuestos de la otra acusada ascendían a 9.982 euros en 2018, 18.143 en 2019, el mismo importe en 2020 y 16.328 en 2021. Estos contemplaban: “Apoyo a las acciones de comunicación y marketing turístico” y “coordinación del servicio Calella Film Office”. Tanto el secretario como el interventor municipales advirtieron sobre la posible irregularidad de los contratos menores, que no podían superar los 15.000 euros anuales más IVA.

El 3 de junio de 2020, el gobierno municipal, a propuesta de Candini, aprobó la adjudicación a la empresa Vitamine, administrada por el acusado, de un contrato menor de servicios para elaborar un plan de promoción turística y comercial en forma de campaña publicitaria con el eslogan “És Calella”. La empresa presentó un presupuesto de 14.943 euros, justo por debajo del límite, el día 2 de junio, y ese mismo día Candini firmó la propuesta de adjudicación sin adjuntar ningún informe que justificase a Vitamine como empresa contratada.

Se da la circunstancia de que el informe sobre la campaña publicitaria fue creado por Vitamine el 21 de mayo anterior, no se modificó durante la tramitación, y Vitamine recibió la adjudicación formalmente el 4 de junio. Además, el documento indicaba que la campaña debía comenzar el 25 de mayo, incluso antes de la adjudicación. Esto evidenciaría que el administrador de Vitamine y Candini estaban en “contacto directo” antes de la reunión de la junta de gobierno.

Debido al confinamiento por la COVID-19 en 2020, las dos periodistas contratadas trabajaron para el consistorio más horas de las previstas en el contrato. Para compensarlas, Candini les indicó que emitieran dos facturas de 1.500 euros más IVA a la empresa OFV Consultors de Comunicació 2018 SL, también administrada por el acusado, y les facilitó los datos fiscales, el objeto de las facturas y la dirección donde enviarlas. En noviembre de 2020, OFV pagó las cuatro facturas a pesar de que las mujeres no habían trabajado en ningún momento para esta empresa. En los conceptos, una de las acusadas escribió “mantenimiento de redes sociales de los clientes” durante dos trimestres, y la otra señaló “seguimiento y elaboración de informe de medios de comunicación internacionales relativo a la imagen exterior de Barcelona y Cataluña” durante dos periodos de dos meses.

Para compensar el gasto que OFV había asumido para el Ayuntamiento y el mayor coste de la campaña publicitaria adjudicada a Vitamine, Candini y el acusado acordaron la adjudicación de un segundo contrato menor por valor de 15.064 euros. La junta de gobierno lo aprobó el 2 de diciembre con el objeto de elaborar un informe sobre el impacto de la campaña anterior. El presupuesto llegó al consistorio el 30 de noviembre y ninguna otra empresa pudo participar.

La sentencia concluye que OFV no tenía infraestructura para realizar este informe, ya que no contaba con domicilio fiscal propio, trabajadores, página web, correo electrónico corporativo ni teléfono propio, sino que todo pertenecía al administrador único, que también lo era de Vitamine.

El informe no se registró en el municipio, sino que el acusado lo envió al ‘project manager’ de comunicación del consistorio a finales de enero de 2021. En el informe aparecía el logotipo de Vitamine, aunque teóricamente lo había realizado OFV, y se indicaba que la campaña se había realizado entre mayo y septiembre de 2020, cuando había sido adjudicada en junio. Así, el informe de valoración de la campaña fue elaborado por la misma empresa que realizó la campaña. Tras los requerimientos de documentación de la fiscalía, el documento fue modificado, se añadió el logotipo de OFV y la fecha de inicio de la campaña cambió de mayo a junio.

El informe valoraba positivamente el impacto publicitario de la campaña, asegurando que había alcanzado a 2,3 millones de personas a través de Facebook, Instagram, seis radios y seis medios de prensa escrita. Por todo ello, las defensas y la fiscalía han pactado seis meses de prisión y 900 euros de multa para cada una de las dos periodistas contratadas irregularmente, y un año de prisión y 1.800 euros de multa para el administrador de las dos empresas que contrató el Ayuntamiento también de forma irregular. Las penas se suspenden durante dos años.

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