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Redacció

Familias de la escuela Turó del Drac de Canet y Òmnium recorren contra la sentencia al TC

El presidente de Òmnium acusa el TSJC de "ignorar los criterios ideológicos" para "imponer el castellano en las aulas"

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Familias de la escuela Turó del Drac de Canet de Mar (Maresme) y Òmnium Cultural han presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que imponía una asignatura más en castellano en el centro.

Así lo ha anunciado este jueves la entidad, tras la confirmación de la sentencia por parte del Tribunal Supremo el pasado julio. El objetivo del recurso ante el TC es llevar el caso a la justicia europea. El presidente de Òmnium, Xavier Antich, ha declarado que "mantendrán una firme oposición contra un tribunal parcial, que ignora los criterios pedagógicos y se interpone en el poder legislativo para imponer el castellano en las aulas".

Òmnium ha denunciado que, durante el proceso judicial, las familias han quedado "desprotegidas" ante un tribunal que "actúa como un activista contra la lengua" y que pretende "eliminar" el sistema de inmersión. Xavier Antich ha advertido que "el TSJC está utilizando casos como el de Canet para establecer un precedente que pretende generalizar en todo el sistema educativo".

En octubre del año pasado, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) reconoció en una sentencia el derecho individual de una alumna de la escuela Turó del Drac de Canet de Mar a recibir en castellano una asignatura principal, además de la de lengua castellana. Los magistrados consideraron que la legislación y la jurisprudencia obligan a que el castellano sea vehicular al menos en una asignatura troncal y querían garantizarlo al menos en este caso. De este modo, estimaron parcialmente el recurso de los padres de la niña, que cursa Primaria, en contra de la decisión del Departamento de Educación que se lo quería denegar. No obstante, el tribunal desestimó el resto del recurso y mantuvo el proyecto lingüístico del centro. La sentencia se podía recurrir ante el mismo TSJC.

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