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Adiós al tope de 10 personas a las reuniones sociales

Redacció

Adiós al tope de 10 personas en las reuniones sociales

El Procicat sigue recomendando este límite a partir de lunes y eleva a diez las personas que pueden sentar juntas en exteriores de restaurantes

Los encuentros sociales se podrán hacer sin ninguna prohibición del límite de personas a partir del próximo lunes, día 21 de junio. El Procicat ha aprobado este miércoles que las reuniones de más de diez personas de burbujas de convivencia diferentes ya no estarán prohibidas, sino que solo será una recomendación evitarlas. Será a partir del el próximo lunes, 21 de junio, y al menos hasta el 5 de julio, pero la medida se podría revisar en función de la evolución pandèmica. Salud lo ve cómo una medida más en el marco de la "desescalada hacia la normalidad", a pesar de que recuerda que la pandemia no se ha acabado y hay que mantener el sentido común.

La directora general de Protección Civil, Merced Salvado, ha destacado que hay que seguir "aplicando el sentido común, evitar aglomeraciones y respetar las medidas básicas de mascareta, limpieza de manso, distancia y ventilación" y ha insistido que a pesar de que ya no haya la prohibición, se continúa recomendando no juntarse más de 10 personas".

Esta apertura se suma a la especificación del regreso del ocio nocturno y de la autorización de bailes en las fiestas mayores y populares.

Las novedades en las restricciones

  • Reuniones y/o encuentros familiares y de carácter social: tanto en el ámbito público cómo privado se recomienda que no superen el número máximo de 10 personas, salvo que se trate de convivents. Hasta ahora existía la prohibición de reuniones de más de 10 personas que no fueran convivents.

  • Limitación del aforo a actos religiosos al 70 % (1.000 – 3.000 personas por acto y en función de las condiciones de ventilación del espacio).

  • Asemejas de entidades deportivas, culturales y de base asociativa de manera presencial: limitación del aforo al 70 % del autorizado y con un número máximo de 1.000 personas, y condicionado a garantizar la ventilación mínima.

  • En instalaciones y equipamientos en espacios abiertos o bien en espacios cerrados que cumplan las condiciones de ventilación y calidad del aire reforzadas pueden asistir hasta un máximo de 3.000 personas, respetando el límite de aforo del 70 %.

  • Restauración: El número máximo de comensales por tabla o agrupación de tablas es de seis personas en el interior y de diez personas en terrazas y espacios al aire libre, salvo que pertenezcan a la burbuja de convivencia.

  • Equipamientos cívicos: En los equipamientos cívicos se pueden realizar actividades cívicas y comunitarias grupals que impliquen presencialidad que pueden llegar hasta el 70 % del aforo autorizado si en los espacios y locales abiertos al público se garantiza la ventilación mínima establecida.

  • Consumo de tabaco y similares: No se puede fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de al menos dos metros. Esta limitación es aplicable, también, para el uso de cualquiera otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, catximbes o asimilados.

  • Tampoco se permite fumar, consumir otros productos del tabaco ni consumir pitillos electrónicos en las áreas destinadas al público de los acontecimientos y actividades multitudinarias (a partir de 1.000 personas) al aire libre.

 

 

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