Ricard Aymerich

Autoridad democrática

La dirección de los centros educativos no ha sido nunca una tarea fácil ni sencilla. En el caso de los centros públicos, además, se añade la complicada coincidencia de una doble representación: el director – o directora – es el máximo representante de la escuela ante los alumnos, familias, profesores y entidades y administraciones externas, a la vez que también es la representación del titular – es decir, la Generalitat – de cara adentro: alumnos, familias, profesionales quetrabajan… El que digo, un complicado doble papel.

Se quiere hacer más atractivo este cargo entre el profesorado de las escuelas e institutos públicos porque hay un porcentaje importante de estos centros que tienen los directores y directoras nombrados por la administración y no escogidos por los representantes de cada centro, porque no seha presentado nadie. Y, para hacer el cargo más atractivo, se están poniendo sobre la mesa una serie de medidas que no sé muy bien a quienes resultarán golosas: el establecimiento de una categoría superior llamada “dirección profesional docente” y la consideración de “autoritas publica”, la consolidación de unos complementos retributivos en función de los años que se ha ejercido la dirección de una escuela un golpe acabado este periode como director/a, la posibilidad de dejar de dar clase con alumnas, la posibilidad de llegar a la dirección de un centro sin tener que presentar y defender un proyecto de dirección, … Todo ello, unas condiciones que - en algunos casos excepcionales - pueden ser interesantes pero que, aplicados de forma generalizada, podrían hacer cambiar mucho el modelo de dirección democrática y arraigada al proyecto educativo de un centro.

Una categoría superior que “libere” los que han sido directores de volver a la docencia y de relacionarse con los compañeros y compañeras de un centro de igual a igual creo que es innecesaria. Es cierto que hay veces en que se tienen que adoptar decisiones arbitrando entre compañeros; pero si las decisiones responden a un parecer compartido (por el equipo directivo, de coordinación, claustro de profesores, consejo escolar, …) no hay de haber ningún problema al asumir el papel de representante de la opinión y de los derechos colectivos de la comunidad educativa de aquel centro a la hora de tomarlas; es más, este es el sentido democrático de este cargo y la autoridad real que representa. Quién actúa así, no tiene que ser “rescatado” por nadie; más bien al contrario, hace méritos para ser reconocido por esta misma comunidad como buen representante suyo. Hay una autoridad mejor?

El trabajo en la escuela es, fundamentalmente, un trabajo con personas. Empezando por los alumnos. Por eso, un director o directora no tendría que perder nunca el contacto con estos alumnos, no tendría que dejar nunca de tener “horas de clase”. Si no, cuál sería el vínculo de este cargo con el que constituye la esencia de nuestro trabajo? Qué legitimidad puede tener ante los que ejercen su trabajo, sobre todo, con alumnos?

Por el sacrificio personal, social, temporal y familiar que comporta a menudo el ejercicio de la dirección, quizás no queda más remedio que otorgarle la condición de autoridad pública en algunos incómodísimos casos con personas adultas que no tienen claro el carácter de servicio público que tiene una escuela. Y, quizás, tampoco está mal que se consoliden algunos beneficios un golpe acabado el periode de dirección. Ahora bien, quien mejor puede saber si aquella persona ha cumplido bien con sus responsabilidades, ha defendido los intereses de todos y ha sido un buen representante de la comunidad educativa de un centro son – precisamente – los compañeros de trabajo, las familias y los alumnos a los que ha servido. Por eso, en la evaluación del trabajo hecho como director o directora (que da lugar a la consolidación de estos beneficios) no basta con la evaluación que se haga desde fuera de la escuela; tiene que ser igual de relevante el que se valore desde la misma escuela. Y esto, en el borrador de decreto de dirección que ahora está en debate, no está claro que acabe siendo así. Y tendría que ser así.

Un director o directora que no es visto en el marco de un equipo directivo, que aparece desatado de los alumnos, familias, compañeros de profesión, … desatado del proyecto educativo que da sentido a todo en un centro: qué autoridad tiene? La democrática es la que le viene otorgada por la representación comunitaria que se le delega. Nunca, un decreto, podría sustituir esto.

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