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Carril bici anilla ciclista movilidad bicicleta patinete zona 30. Foto: R.Gallofré

Vern Bueno Casas

Los conductores de patinetes estrenan nuevas obligaciones: casco, seguro y 15 años como edad mínima

La nueva normativa estatal entra en vigor el 1 de octubre y refuerza las exigencias para los VMP, en medio de un debate inacabable sobre el uso de las aceras, los carriles bici y los comportamientos incívicos

Los patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal (VMP) deberán cumplir nuevas obligaciones a partir del 1 de octubre. Tal y como ha difundido la Policía Local de Mataró a modo de recordatorio, se aplica la nueva normativa estatal que fija en 15 años la edad mínima para conducir estos vehículos y establece el uso obligatorio del casco, entre otras medidas.

A partir de octubre, no podrán conducir un VMP los menores de 15 años y todos los usuarios deberán llevar casco de protección homologado o certificado, correctamente abrochado. La nueva regulación estatal establece también que, de noche o cuando las condiciones meteorológicas o ambientales reduzcan sensiblemente la visibilidad, los conductores deberán llevar al menos un elemento luminoso o reflectante visible a 150 metros.

En este punto, el recordatorio de la Policía Local hace referencia al uso del chaleco reflectante. La normativa estatal, sin embargo, concreta que el chaleco de alta visibilidad es obligatorio para los conductores de VMP que desarrollen una actividad profesional; para el resto de usuarios, la exigencia general es disponer de un elemento luminoso o reflectante en las situaciones de poca visibilidad.

Patinete eléctrico en Mataró

Seguro y registro obligatorio

Los requisitos no se limitan a la forma de circular. Los VMP deben estar inscritos en el registro de la DGT y llevar la correspondiente identificación. La inscripción permite obtener un número de placa y la etiqueta identificativa que se debe llevar en el vehículo.

También es obligatorio disponer del seguro correspondiente. Esta exigencia forma parte del nuevo sistema de regulación de los VMP y se vincula al registro del vehículo. La velocidad máxima de los VMP continúa fijada en 25 km/h. La DGT define estos vehículos como los que disponen de una única plaza y tienen una velocidad máxima de construcción comprendida entre 6 y 25 km/h.

Un debate especialmente visible en las calles de Mataró

La nueva regulación llega en medio de un debate que también se hace visible en las calles de Mataró, como ocurre en muchas otras ciudades: cómo deben convivir los patinetes con los peatones, las bicicletas y los vehículos motorizados. Esta cuestión se mezcla con el despliegue de la red de carriles bici de la anilla ciclista, un proyecto que también ha generado debate ciudadano. Una parte de las quejas alrededor de los patinetes tiene que ver precisamente con usuarios que, en lugar de utilizar los itinerarios habilitados, circulan por aceras o zonas peatonales.

Patinete por la Ronda O'Donnell

La Policía Local denunció a 575 conductores de VMP durante el 2025, un 7,88% más que el año anterior. Las infracciones más habituales fueron circular por aceras o zonas peatonales, saltarse semáforos y llevar un acompañante, así como conducir haciendo uso del móvil o con auriculares. En solo dos años, los agentes han tramitado más de 1.100 denuncias relacionadas con estos vehículos, en buena parte a raíz de las campañas específicas de control.

¿Y las luces?

Hay otro cambio que aparece en el recordatorio difundido por la Policía Local: los VMP deberán llevar el alumbrado siempre encendido. Ahora bien, esta obligación concreta no será exigible a partir de este 1 de octubre de 2026, sino un año más tarde, el 1 de octubre de 2027, según la disposición transitoria del nuevo Reglamento General de Circulación.