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El mayor

Redacció

Entra en vigor la nueva ordenanza para tener terrazas a bares y restaurantes

Hay una modificación respeto el texto original para no tener que adecuarse las que ya estuvieran autorizadas ni tampoco si hay cambio de titularidad.

El Ayuntamiento aprobó definitivamente la Ordenanza reguladora de las autorizaciones de terrazas de restauración y su mobiliario, que tiene como objetivo mejorar la implantación y uso de las mismas. El cambio más importante respecto a la aprobación inicial del noviembre pasado es este: se ha modificado la disposición transitoria para especificar que las terrazas autorizadas con anterioridad a la nueva ordenanza sólo se tendrán que adecuar si hacen modificaciones o por nueva autorización, pero no cuando haya un cambio de titular o renovaciones de la licencia.

El ordenanza se aprobó inicialmente el pasado 16 de noviembre, un golpe resueltas las alegaciones que se habían presentado al anteproyecto de la nueva normativa. Después de la aprobación inicial el texto se envió nuevamente a los grupos municipales y al Gremio de Hostelería y Turismo de Mataró y se abrió un plazo de exposición pública de 30 días. Durante este, se han recibido alegaciones del Gremio y del propietario de una terraza, que han sido estimadas parcialmente.

Más flexibilidad

El resumen de la nueva ordenanza es que habrá más flexiblitat para tener en Mataró. Se prevén los mismos horarios que hasta ahora, pero hay restricciones eliminadas para poder disponer. En temporada de verano las terrazas pueden abrir de 8 a 24 h de domingo a jueves, y de 8 a 1 h los viernes, sábados y las vigilias de festivos. En temporada de invierno, son de 8 a 23 h de domingo a jueves, y de 8 a 24 h los viernes, sábados y las vigilias de festivos. La novedad es que el horario de verano se alarga un mes más respecto al actual. Con motivo de Las Santas u otras festividades el horario de cierre se podrá alargar una hora más.

Las terrazas tendrán que dejar un paso libre de 2 m entre la fachada y la las mesas y sillas. siempre que la acera supere los 3,20 m. A diferencia de la norma anterior, se permitirá un paso de 1,5 m en aceras con anchura inferior a los 3,20 m. También se podrá ocupar la terraza excediendo de la fachada del establecimiento, con consentimiento de los vecinos contiguos.