El Juzgado Contencioso Administrativo número 9 de Barcelona ha ratificado la multa de 95.600 euros impuesta por el Ayuntamiento de Mataró al fondo de activos bancarios ARQURA, vinculado a la Sareb y propietario del edificio de viviendas situado en la calle Jaume I El Conqueridor, 37-41, en el barrio de Cerdanyola Sud. La sanción, la primera de este tipo que impone el Ayuntamiento de manera firme, se llevó a cabo por el incumplimiento del deber de conservación y rehabilitación del inmueble, que suponía un riesgo para la seguridad de las personas.
Una historia de degradación y ocupaciones
El Ayuntamiento ya había detectado deficiencias estructurales en el edificio en el año 2015, cuando aún estaba en manos de la Sareb. A pesar de que la entidad realizó algunas reparaciones, la situación se agravó con el paso del tiempo, especialmente por la entrada de ocupas. El inmueble, que nunca llegó a comercializarse, acabó convirtiéndose en un punto de conflicto en el barrio de Cerdanyola debido a las condiciones de insalubridad y los problemas de convivencia generados.
En el año 2020, cuando el edificio ya era propiedad de ARQURA, el Ayuntamiento lo declaró inhabitable y ordenó su desalojo inmediato por riesgo inminente. El operativo, que se llevó a cabo el 16 de julio de ese año, contó con un despliegue de 70 agentes de la Policía Local, Mossos d'Esquadra y Policía Nacional. La actuación permitió desalojar a los 45 ocupantes que aún residían en el edificio y tapiar sus accesos para evitar nuevas ocupaciones, poniendo fin a meses de una situación muy conflictiva de convivencia y seguridad en plena pandemia en el barrio de Cerdanyola Sud.

Desalojo del edificio en el barrio de Cerdanyola, en el año 2020. Foto: Raul Yeste
Falta de conservación y mantenimiento
A raíz de una nueva inspección municipal posterior al desalojo, se constató la falta de conservación y mantenimiento del inmueble, con riesgos concretos para las personas, como peligros de incendio, electrocución o caídas. Esto llevó al Ayuntamiento a imponer una multa de 95.600 euros a la propiedad por una infracción muy grave, según la Ley 18/2007 del derecho a la vivienda.
La sentencia judicial ahora conocida desestima el recurso presentado por ARQURA y confirma la proporcionalidad de la sanción impuesta por el consistorio. Además, condena al fondo de activos bancarios a asumir las costas judiciales por un importe máximo de 1.000 euros. Dado que la sentencia no ha sido recurrida, ya es firme. Actualmente, el edificio de la calle Jaume I sigue tapiado y en el mismo estado que cuando fue desalojado.
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