Bitcoin: qué es, como funciona, por qué se  habla
Bitcoin: qué es, como funciona, por qué se habla

Paula Saez

Criptomonedes: hay que declararlas? En qué casos?

Llega el momento de hacer la declaración de la renta del pasado año 2021 y si habéis invertido en criptomonedes es probable que os toque declararlas.

El año pasado os hablamos de cómo añadir las criptomonedes en la declaración de la renta, pero este 2022 las cosas han cambiado ligeramente. Desde el 6 de abril y hasta el próximo 30 de junio es posible presentar la declaración (con una serie de desgravaciones posibles), un proceso que puede llegar a ser complicado si somos autónomos o bien tenemos que añadir algún valor que no controlamos cómo es el caso de las criptomonedes. No os preocupáis, puesto que por aquí os dejamos todo el que tenéis que saber al respecto de este tema.

Cómo declarar las criptomonedes (2022)

Ante el crecimiento en las inversiones de este tipo de moneda Hacienda ha aumentado el control sobre estas divisas para poder perseguir la evasión y castigar el fraude fiscal. De hecho, este año 2022 los avisos a poseedores de criptomonedes referentes a que las tienen que declarar ha aumentado desde 14.800 hasta 233.000, multiplicando en grande mesura la cifra presente en nuestro país durante el pasado año 2021.

Para facilitar el poder añadir este tipo de monedas virtuales a la Declaración de la renta este año se ha incorporado, como novedad, la casilla 1626 con el título de 'Saldos en monedas virtuales'. Hasta ahora los poseedores de este tipo de monedas las tenían que incluir en el apartado genérico de 'Otros bienes y derechos de contenido económico', pero a partir de ahora toca declararlas a su apartado correspondiente.

No todos los inversores de criptomonedes las tienen que declarar, puesto que según indica la Agencia Tributaría solo están obligados a hacerlo quienes hayan obtenido más de 1.000€ netos, tanto si proceden de España o del extranjero. El motivo es que este tipo de operaciones se consideran ganancias / pérdidas patrimoniales o rendimientos de capital mobiliario y son gravables con impuestos.

En cuanto al que tenemos que incluir a la casilla 1626, se trata de los movimientos (cómo ventas e intercambios) con las monedas virtuales que se hayan realizado el pasado año 2021. Si se han obtenido intereses o rendimientos derivados de las criptomonedes la cosa cambia, puesto que hay que incluirlos en el apartado de 'Ganancias y Pérdidas' porque no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales. El tercer caso es en el que estas criptomonedes no hayan generado rendimientos y es únicamente en este escenario cuando no será necesario incluirlas en la declaración, puesto que se han producido ganancias ni pérdidas derivadas de la posesión de aquetes monedas virtuales.

Las multas por la ocultación de estos activos pueden ser de hasta 5.000€ por cada dato o conjunto de datos no declarados. En caso de que la omisión de estas transacciones sea parcial o falsa la multa puede aumentar hasta 10.000€ como mínimo. Son cifras altas para la gran mayoría de los ciudadanos, por lo cual es más que recomendable informarnos bien de cómo hacer este proceso de declaración de criptomonedes o bien contar con la ayuda de un gestor profesional para hacerlo.

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