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Expediente a España por no trasponer la nueva normativa europea contra el blanqueo de capital

La Comisión también avisa el Estado por no haber cumplido directivas que permiten reducir el IVA en productos básicos

La Comisión Europea ha abierto un expediente a España por no trasponer las nuevas enmiendas introducidas en la última directiva contra el blanqueo de capital. En un comunicado emitido este jueves, el ejecutivo comunitario ha informado que el Estado -junto con Bélgica, Polonia y Portugal- todavía tiene que notificar a las autoridades comunitarias la implementación de esta ley, que tenía como fecha tope el 30 de diciembre de 2024. Al mismo tiempo, Bruselas ha avisado dado un toque de atención a España por no haber trasladado a la ley nacional las directivas europeas que permiten a los estados miembros la reducción del IVA en productos básicos como alimentos, medicamentos o productos para uso médico.

El aviso que hace referencia a la directiva contra el blanqueo de capitales es lo primero que emite la Comisión Europea a España por esta cuestión. Según el comunicado del ejecutivo, el objetivo de esta regulación europea es prevenir de forma más adecuada el blanqueo de capitales a través del uso inadecuado de criptoactius.

Al mismo tiempo, la regulación exige a los estados miembros que su legislación nacional disponga de un marco jurídico que establezca las normas necesarias para poder aplicar sanciones en caso de que se detecten incumplimientos. Según detalla la Comisión en su comunicado, España ha recibido este jueves una primera carta que abre un periodo de dos meses porque el Estado responda. Si esta es insatisfactoria, el ejecutivo comunitario podría hacer el siguiente paso e iniciar un dictamen motivado, que es el paso previo para elevar los incumplimientos de un país al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

Directiva sobre la reducción del IVA

Otro de los toques de atención que la Comisión Europea ha hecho llegar a España hace referencia a la transposición de las directivas sobre la reducción del IVA. Según el ejecutivo comunitario, estas regulaciones -que permiten en los estados reducir el IVA e incluso suprimirlo para ciertos productos esenciales- se tendrían que haber trasladado a la ley nacional antes del 31 de diciembre de 2024.

En este caso, Bruselas ha emitido un dictamen motivado -también contra Bélgica, Bulgaria, Grecia y Rumanía- que abre un periodo de dos meses porque el país tome las medidas necesarias para posar remedio a la situación. Si las acciones de España se consideran insuficientes, la Comisión puede llevar el caso a la justicia europea y solicitar la imposición de sanciones financieras.

Dos avisos más

En la misma línea que la directiva sobre el IVA, el ejecutivo comunitario también ha emitido este jueves dos dictámenes motivados más contra España por reglamentos vinculados al ámbito económico. En primer lugar, la Comisión considera que el Estado no ha traspuesto correctamente la directiva que permite a las pymes comercializar sus bienes y servicios sin aplicar el IVA, aligerando así sus obligaciones en materia impositiva.

El otro aviso hace referencia a la no transposición de una directiva europea que obliga los estados a identificar entidades que se consideren "críticas" para el desarrollo de la actividad económica. Según la Comisión, esta norma tiene como objetivo "garantizar la prestación de servicios esenciales para la sociedad y la economía de la UE en sectores clave como la energía, el transporte, la salud, el agua, la banca y las infraestructuras digitales".

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