Muchos negocios y autónomos tuvieron que cerrar por la pandemia y no pudieron volver a levantar la persiana. Una situación dura, habitual durante el 2020 y que ha dejado a familias sin su fuente de ingresos. Durante meses se creía que esto no tenía ningún tipo de solución, pero últimamente varias sentencias a los juzgados están empezando a dar la razón a los negocios y establecimientos al reclamar a su compañía de seguros una indemnización. Tarinas, especialistas en el campo de la abogacía y asesoramiento legal y económico, explica todos los detalles.
Básicamente, según el tipo de póliza y cobertura que se tenga contratada, los tribunales están aceptando indemnizaciones por estos negocios afectados si tienen firmadas coberturas por paralización de la actividad, pérdida de beneficios o pérdida de alquileres. Son tres casos en los cuales hay una rendija para poder reclamar.
Las pólizas delimitan el que se puede reclamar, y actualmente a nivel judicial se está haciendo una interpretación en la cual la Covid es uno de los motivos por los cuales se tiene que dar cobertura en caso de paralización de actividad. Ya hay sentencias que apuntan en este sentido siempre y cuando sean empresas que cerraron por las imposiciones del Real decreto del 14 de marzo, cuando se declara el primer estado de alarma.

Los supuestos para acceder a la indemnización, indica Tarinas, son:
- Que el negocio estuviera afectado por la pandemia
- Que la póliza de seguro tenga cobertura por paralización de la actividad, pérdida de beneficios o pérdida de alquileres
- Que el cierre fuera obligado por el Real decreto 463/2020 del 14 de marzo de 2020
En cualquier de estos escenarios, hay que informarse y asesorarse porque hay opciones de poder reclamar una indemintzació. Tarinas lleva más de 80 años trabajando en este campo y puede ofrecer de forma gratuita una revisión de la póliza para valorar si se cumplen los requisitos mencionados.
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