El pasado 30 de julio de 2025 entró en vigor la Ley 9/2025, publicada en el BOE, que introduce cambios significativos en la legislación laboral española en materia de conciliación familiar y laboral. Esta nueva norma, que completa la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158, busca facilitar el equilibrio entre la vida profesional y personal de progenitores y cuidadores, mediante la ampliación y flexibilización de los permisos. Esta reforma representa un paso adelante en la conciliación laboral en España, especialmente para las familias monoparentales y los trabajadores con responsabilidades de cuidado.
Entre las novedades más destacadas, cabe mencionar la ampliación del permiso por nacimiento y cuidado, que pasa de 16 a 19 semanas. Las 6 primeras semanas serán obligatorias e ininterrumpidas justo después del parto o adopción, mientras que las 11 restantes se podrán disfrutar de forma flexible durante el primer año de vida del menor.
Además, se incorporan dos semanas adicionales de cuidados parentales, que se podrán utilizar hasta que el menor cumpla ocho años. En el caso de familias monoparentales, se reconoce un derecho a 32 semanas totales de permiso, equiparándose así a la cobertura de familias biparentales.
- En cuanto a la prestación económica, el cálculo del subsidio se mantiene igual. La Seguridad Social continuará asumiendo el coste, excepto la cotización empresarial, que seguirá siendo responsabilidad de la empresa.
- También se armonizan los permisos del sector público con los del privado, incluyendo la posibilidad de disfrutarlos de forma parcial o interrumpida.
Aunque la norma ya está vigente, las semanas adicionales de cuidados parentales se aplican a hechos causantes desde el 2 de agosto de 2024, pero solo se podrán solicitar a partir del 1 de enero de 2026.
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